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Detención y proceso indebidos de periodista de El Diario de La Paz

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De sábado a sábado 322

Remberto Cárdenas Morales*

Compartimos el criterio de los que afirman —entre ellos miembros de la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos de La Paz, encabezada por Amparo Carvajal— que con la detención y proceso indebidos  contra el periodista de El Diario de La Paz, se le han violado los derechos: a la libertad, al debido proceso, al trabajo, a la seguridad…

Esas violaciones de los derechos humanos del colega Carlos Ángel Quisbert Fernández tienen como autores a miembros de instituciones estatales: jueces, fiscales, policías. Es decir, miembros del Estado llamado plurinacional violaron esos derechos del colega.

En apariencia, los gobernantes nada tuvieron que ver con esas violaciones. Al revés, el ministro de Gobierno, Hugo Moldíz, desde fuera del país, convenció al Fiscal General del Estado para buscar una salida pronta a la detención “injusta” del periodista.

Y fue liberado Carlos Quisbert, luego del papeleo propio de una justicia también estancada en el pasado, a pesar de que gobernantes incluso hablaron de la revolución legal y/o de la revolución de la justicia, sobre todo, por la elección de los jueces supremos en las urnas, aunque no debemos olvidar que los votos en blanco y nulos fueron más que los votos en favor de esos tribunos.

Admitimos —no tenemos otros datos que nos lleven a conclusiones diferentes—, que por cuestiones electorales, también desde el Ministerio de Gobierno y desde la Fiscalía General del Estado plurinacional, se tramitó aquella libertad. Incluso dirigentes de la Federación Sindical de Trabajadores de la Prensa de La Paz (FSTPLP), como no lo habían hecho durante este tiempo de Evo Morales en el gobierno, presentaron una Acción de Libertad, ex hábeas corpus) para conseguir la libertad de Quisbert Fernández. Ésa es una actitud insólita, decimos nosotros, aunque probablemente, también se les instruyó que presenten esa demanda porque la dependencia de esos sindicalistas respecto de los gobernantes es tal que así al menos explicarán los sueldos que recibían (¿y reciben?) para que “trabajen” en una radioemisora de aquella Federación que, entre otras cosas, funcionaba sin licencia y que ahora no funciona. O quizá esos dirigentes sindicales hacen buena letra con los gobernantes porque éstos negocian la compra del diario La Prensa de La Paz, la que sería entregada a la FSTPLP para que miembros de ésta los administren. Este es un rumor, el que nos sugiere que debemos investigar porque, como todo rumor, éste también pretende hacernos creer…

A propósito de rumores, con relación a la lenta investigación en el caso del niño Alexander hay quienes afirman que uno de los interesados en el encubrimiento, antes que en el descubrimiento de culpables, sería el actual gobernador de La Paz, César Cocarico, porque una sobrina suya es investigada dentro de ese proceso.

Sin embargo, están cada vez más a la vista las condiciones de trabajo y sobre todo las limitaciones diversas de los servicios de asistencia a los niños alojados en albergues, como el Virgen de Fátima, en el que vivió poco tiempo el niño Alexander. Ese albergue y otros evidencian que allí no han llevado los cambios de los que tanto se habla, en servicios como esos, o en el servicio de la salud pública.

Para nosotros, sin embargo, jueces, fiscales y policías, en el caso Alexander, muestran que no se empeñan, como dicen, en conseguir el esclarecimiento que se demanda en el país.

Y Carlos Quisbert realizaba una investigación periodística sobre ese caso. Investigación que es un derecho establecido en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, firmada en San José de Corta Rica (1969), que es Ley de Bolivia desde 1993, la que en su artículo 13 dispone:

 “1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.” (Artículo 13. Libertad de Pensamiento y de Expresión).[1]

Este derecho de toda persona, en Bolivia, y por tanto de Quisbert Fernández, fue violado flagrantemente, como dicen los abogados, es decir, a la vista de los que quieren ver.

Este colega, además, fue detenido sin mandamiento previo; asistió a una precipitada audiencia de medidas cautelares sin abogado; fue incomunicado, incluso respecto de sus familiares; sufrió despojo de sus pertenencias; entre éstas se le secuestró dos cartas personales a las que se “convirtió” o se pretendió convertir en pruebas de cargo; se dictaron en su contra medidas cautelares, entre éstas, la detención, por una supuesta “obstrucción” a la investigación judicial. Todo ello configura un proceso indebido, acción violatoria de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, documento de cumplimiento obligatorio para los países, como Bolivia, que integran la Organización de las Naciones Unidas. Asimismo, se han violado las garantías constitucionales y procesales de Quisbert Fernández, establecidas en la Constitución Política del Estado boliviano y otras leyes.

Está libre el colega de El Diario, pero, hasta el cierre de esta edición, no ha sido archivado el proceso indebido en su contra y sólo se dan los primeros pasos destinados a tramitar un juicio contra la jueza, el fiscal y policías que violaron los derechos humanos del periodista colega.

 Además de ese proceso ineludible, es necesario que las organizaciones de los trabajadores de los medios de difusión, los del semanario Aquí incluidos, investiguemos el porqué de aquellas violaciones que, también hay coincidencias en esta afirmación, aquéllas son un mal mensaje para bolivianos y periodistas en particular: funcionarios del denominado Estado plurinacional tratan de meternos miedo: para que los periodistas nos autocensuremos, para que nos callemos, ante las acciones y el discurso de los que ejercen el poder político y mantienen el poder económico.

La investigación debe ser para descubrir y no para encubrir, y también debe ser un aporte al esclarecimiento del caso del niño Alexander.

Otra vez, el reconocimiento de la información conocida hasta aquí y el descubrimiento de la que permanece oculta debe servirnos, además, para establecer la conducta real de los gobernantes. Buscaremos, otra vez, constatar hasta dónde los gobernantes tratan de hacernos creer que se garantiza y que se garantizará, por ejemplo, el derecho de los bolivianos y de los periodistas, a investigar.

La Paz, 14 de marzo de 2015.

*Periodista


[1]Sigue esa norma:2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para asegurar:

a) el respeto a los derechos o a la reputación de los demás, o

b) la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.

3. No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones.

4. Los espectáculos públicos pueden ser sometidos por la ley a censura previa con el exclusivo objeto de regular el acceso a ellos para la protección moral de la infancia y la adolescencia, sin perjuicio de lo establecido en el inciso 2.

5. Estará prohibida por la ley toda propaganda en favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituyan incitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar contra cualquier persona o grupo de personas, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión, idioma u origen nacional.”

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