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Resistencia indígena en defensa del TIPNIS es una acción justa

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Remberto Cárdenas Morales*
La resistencia de los indígenas en defensa del TIPNIS, una causa justa, fue determinada en razón de que el Presidente se negó a dialogar y concertar con ellos; porque fueron divididas las direcciones de esos pueblos y éstos también; por causa de la ocupación militar que empieza allí con acción cívica para ganar el corazón y la mente de los comunarios; debido a que se violentan los usos y costumbres de esos habitantes el momento de una consulta como la tramposa que tiene lugar allí; por la campaña de propaganda destinada a desacreditar a los líderes de los originarios, aunque hay factores en el movimiento indígena que facilitan esa labor; también se asienta en la falta de aplicación de la sentencia del Tribunal Constitucional que ordena que antes de la consulta en curso debió establecerse un acuerdo entre gobernantes e indígenas; en este momento influye, asimismo, la decisión gubernamental de organizar un "Regimiento Ecológico", el que anuncia que sí se ampliará la militarización en el TIPNIS. La respuesta de los gobernantes a esa resistencia indígena hasta este momento es: más subinformación y más desinformación de lo que ocurre en la reserva nacional y territorio indígena; inicio de procesos criminales por supuestos delitos cometidos por líderes de esos pueblos y contra los que se apongan a la consulta engañosa; operadores del gobierno son los únicos que leen los resultados, en la consulta posterior, logrados con presiones y con prebendas, y el silencio de observadores internacionales que ojalá queden por lo menos con cargos de conciencia porque ven la consulta y sus resultados con ojos de los gobernantes.
La consulta posterior, de mala fe y desinformada, antes que democrática "profunda", es lo contrario, una parte sustancial de esos pueblos, la mayoría, no es consultada, simplemente, es marginada (excluida).
Además los que, según los gobernantes, expresaron su apoyo a la construcción del camino de la discordia y que se pronunciaron en contra de la intangibilidad del TIPNIS (que no se toque la reserva y territorio), aunque fuera verdad lo que se informa de ellos, sensiblemente, no expresan los intereses de sus pueblos. No es, pues, de interés de los indígenas la destrucción de su "casa grande", de su hábitat natural el que, además, es irremplazable. No es de interés de los indígenas el desarrollismo, típicamente capitalista, que es imposible sin la depredación de la naturaleza: lo que pasa en el Chapare es suficiente ejemplo de lo que no se debe hacer de nuevo.
Parte de esa resistencia a la consulta mañosa, en defensa del TIPNIS, es el bloqueo con alambres extendidos en tres ríos de acceso a la reserva nacional y territorio indígena (Isiboro, Sécure e Ichoa). Se trata de una medida drástica para impedir el ingreso de esa especie de invasores que ningunean a los representantes legales y legítimos de la Tierra Comunitaria de Origen (TCO), lo que también es el TIPNIS. Indígenas recuerdan que cuando el actual Presidente les entregó los títulos de propiedad les recomendó que cuiden esa su pertenencia que tiene como fuerte fundamental la propiedad colectiva sobre la reserva nacional y territorio indígena; allí todos los indígenas son dueños legales y legítimos de esa heredad sin la que no habría ni vida ni autonomía indígena, según la Constitución Política del Estado (CPE). Sin embargo, está expresamente prohibida la separación territorial de los indígenas, de acuerdo a la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas la que, también, es ley de Bolivia.
La propiedad colectiva sobre el TIPNIS es una cuestión fundamental. Una forma de propiedad colectiva que se contrapone a lo que sucede en el Polígono 7 (ex TIPNIS) en el que predomina la propiedad individual sobre la tierra, por lo que los indígenas (excepto los de Santísima Trinidad) han renunciado a la propiedad colectiva y se han convertido en propietarios individuales, en tanto que los colonizadores apetecen el TIPNIS para plantar más coca en esos suelos fértiles.
La resistencia de los pueblos indígenas en defensa de la reserva nacional y territorio indígena se "combina" con demandas constitucionales (amparo constitucional y acción popular que se organiza), las que corren el riesgo de ser declaradas improcedentes e incluso que no sean admitidas. Sin embargo, como explican los abogados que apoyan a los indígenas, aunque esos recursos legales tengan como destino el rechazo, sirven para agotar las instancias legales en Bolivia para luego recurrir a organismos de justicia internacional, de los que se espera un comportamiento justo, lo que sería concederles razón a los indígenas que defienden su hábitat.
Para nosotros la vía legal y jurídica, en defensa del TIPNIS, tiene limitaciones evidentes en un momento en el que, a pesar de la reforma judicial, los tribunales (salvo excepciones notorias, pero insuficientes), firmarán fallos sobre la reserva nacional y reforma indígena de acuerdo a las exigencias de los gobernantes. Ejemplo, fue consultada a gobernantes, previa a su aprobación, la sentencia del Tribunal Constitucional que dispone que para que se lleve a cabo antes la consulta debía celebrarse una concertación (acuerdo) entre gobernantes y dirigentes indígenas.
Para los gobernantes ni siquiera cuenta una sentencia como la señalada. Se advierte que el sentido de esa resolución constitucional contradice la decisión gubernamental respecto del TIPNIS y por ello no se la aplica. Además, voceros oficiosos de los gobernantes, dicen que esa sentencia abrió la posibilidad real del diálogo y la concertación entre gobernantes e indígenas para realizar la consulta; sin embargo, callan sobre la renuencia a buscar esa concertación de los gobernantes y del Presidente en particular.
La resistencia, hay que decirlo, es el repudio al comportamiento de los gobernantes, del Presidente en especial, respecto del TIPNIS y, sobre todo, un rechazo a la construcción de la carretera de la discordia entre Villa Tunari-San Ignacio de Moxos: ésa es una manera de asumir la defensa de la conquista principal de la VIII marcha, de la Ley 180 que prohíbe la construcción de cualquier camino que divida la reserva nacional y el territorio indígena.
Y la resistencia, en defensa del TIPNIS, también hay que proclamarlo, es un derecho que se inscribe implícitamente o al menos coincide con lo que se dice en el preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), citamos: "Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión".
La rebelión, no obstante, es una revuelta, no quiere decir todavía revolución. Esta precisión cabe sobre todo para los que leen chueco la realidad lo que es una manera equivocada de hacerlo.
La resistencia, aunque no lo digan expresamente los indígenas, en nuestra lectura, además de la defensa del TIPNIS, como consecuencia, podría conseguir mayor desgaste político del gobierno y ojalá acumulación de fuerzas del pueblo para seguir su lucha por su emancipación la que, como está demostrado, será obra de sí mismo. Ninguna revolución, en el mundo, fue obsequiada a pueblo alguno y nosotros no seremos la excepción.
La Paz, 11 de agosto de 2012.
*Periodista

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