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Actitudes autoritarias del presidente Morales

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Editorial

El presidente Juan Evo Morales Ayma, en el último año asumió medidas autoritarias de las que ofrecemos un inventario inconcluso en esta nota. De varias de esas acciones el inquilino del Palacio Quemada hizo gala, es decir, sacó pecho. Aquí el recuento: —Ordenó, por intermedio del entonces Ministro de Gobierno, la represión a los miembros de la VIII marcha indígena del TIPNIS, en Chaparina, cerca de Yucumo (Beni), el 25 de septiembre del año pasado (2011). El primer ciudadano pidió disculpas por esa llamada intervención ejecutada por policías; sin embargo, en esa ocasión negó que él la ordenó. Desde entonces los voceros oficiales y oficiosos se empeñan en ocultar la autoría intelectual de la "brutal" represión antiindígena, incluso han culpado a jefes policiales de haber roto la "cadena de mando" y los verdaderos responsables pretenden lavarse las manos. Entre los imputados judicialmente se encuentra el otrora Viceministro de Régimen Interior y Policía a pesar de que éste, en las entrevistas con medios de difusión, asegura que nada tuvo que ver con esa represión porque lo que él esperaba era una intervención judicial, con participación del Ministerio Público, es decir, una intervención "suave" a la VIII marcha indígena. De acuerdo a la versión oficial, todos son culpables menos el principal: el Presidente de Bolivia.
—Una persona que conoce muy bien los manejos en y desde el Palacio de Gobierno aseguró, a esta publicación virtual, que el Presidente, personalmente, dirigió el operativo destinado a resolver, en favor de un alcalde cuestionado y del gobierno según se sabe, lío que tuvo lugar en Yapacaní como consecuencia de la disputa del cargo del Alcalde de ese municipio. Entonces hubo tres muertos, varios heridos, probable intervención de narcotraficantes, peleas entre militantes del partido oficialista y lo que es tanto o más grave, el enfrentamiento entre vecinos, inmigrantes, cocaleros del Chapare con pobladores de Yapacaní; en otros términos, allí se produjo lo que se puede denominar una "implosión" (explosión dentro), lucha entre sectores del pueblo, la que estimularon y/o toleraron los gobernantes. Cabe recordar que éstos respaldaron al alcalde nacido en Orinoca hasta el momento en el que gente del pueblo tomó la Alcaldía Municipal del lugar y en un cabildo destituyó a la autoridad edil que, ciertamente, ganó el cargo municipal con los votos del MAS y los electores de esa organización partidaria. El principal gobernante, sin embargo, así como los ministros del área política han eludido su responsabilidad en un grave desencuentro que enlutó a los lugareños. Otra vez el Presidente, respecto de esa confrontación y ante la mirada de los ciudadanos cruceños y bolivianos, aparece como quien nada hizo en el conflicto de Yapacaní.
—Bajo presión ejercida por los gobernantes, de Evo Morales especialmente, los jueces y fiscales de Trinidad iniciaron un juicio criminal por varios delitos, por daños económicos al Estado, especialmente, contra el que fue Gobernador de Beni, uno de los principales opositores al gobierno actual. Luego de que esa ex autoridad fue imputada y acusada formalmente, renunció al cargo por mandato de una ley que, en realidad, suprime el principio de la presunción de inocencia mientras no se demuestre lo contrario (Arts. 144 y 145 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización). Ese principio (presunción de inocencia, etc.) es reconocido en la mayoría de los países afiliados a la ONU y es una norma de la Constitución que los bolivianos hemos ayudado a redactar y que hemos aprobado con más del 60 por ciento de los votos. Esa ley impide que se desarrolle un proceso debido, como establecen las normas bolivianas, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, así como otras convenciones sobre la materia. En este caso el comportamiento autoritario de los gobernantes, del Presidente por encima de todos, se evidencia porque con la referida ley, en vez de la presunción de inocencia, de hecho, se aplica lo que dispone la Ley 1.008, de lucha contra el narcotráfico, la que presume la culpabilidad de un inculpado mientras éste no demuestre su inocencia.
—Los oficialistas de distintas instancias y en primer término al Presidente, están irritados porque el gobierno de Brasil le concedió asilo político al senador de la oposición, Roger Pinto, a pesar de que a éste se le sigue procesos criminales en Bolivia por supuestos delitos comunes; asilo que, al parecer, se le concede por delitos comunes conexos con delitos políticos. Esta última norma, establecida en la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969, es la que invocaron hace días los que respaldan al senador que permanece más de dos meses en la Embajada de Brasil de La Paz y que tiene refugio de la sexta potencia económica del globo. Nosotros consideramos que los que tienen cuentas pendientes con la justicia deben ser sometidos a procesos debidos. Sin embargo, al senador Pinto le asiste el derecho adicional, según normas, a que el gobierno boliviano le conceda salvoconducto. Además, los gobernantes bolivianos, apoyados también en normas internacionales, refrendadas como nuestras, al tiempo de entregar el salvoconducto pueden dejar constancia de que pedirán la extradición de Roger Pinto para continuar los juicios en su contra en territorio boliviano. Ante las cuestiones de hecho y de derecho, como dicen los abogados y que resumimos, afirmamos que es autoritario que los gobernantes se nieguen a entregar salvoconducto al senador pandino; documento al que están obligados, según la Convención sobre Asilo Diplomático del 28 de marzo de 1954.
—Los gobernantes y el Presidente siguen un comportamiento autoritario respecto de los defensores del TIPNIS. Luego de que el primer mandatario instruyó, mediante carta, la aprobación de la Ley 180 que prohíbe la construcción de cualquier carretera que rompa en dos el TIPNIS, pidió a los cocaleros del Polígono 7 (que perteneció al TIPNIS) que realicen lo que se denominó la contramarcha, sin apoyo ciudadano, lo que provocó "pena" de un ex Viceministro de Régimen Interior y Policía. Esa marcha, no obstante, sirvió como pretexto para que los obedientes legisladores del MAS y/o sus aliados aprueben la Ley 222 la que, aunque lo nieguen los oficialistas, viola la nueva Constitución Política del Estado, la que en este caso dispone una consulta a los indígenas del TIPNIS para establecer si aceptan o rechazan la carretera por el corazón de la reserva natural y territorio indígena. Consulta que viola la Ley Fundamental porque es posterior, desinformada y de mala fe, de acuerdo a la práctica que vemos a diario.
—Continúa el autoritarismo del Presidente hacia los pobladores del TIPNIS porque en vez de buscar un acuerdo con sus habitantes (como mandan las normas), los gobernantes despliegan recursos en apariencia legítimos y en realidad ilegítimos, presuntamente legales y también ilegales para imponer la consulta posterior. Así, básicamente, los gobernantes desconocen las costumbres indígenas, las que entre ellos son normas para la convivencia, y a los dirigentes elegidos en las instancias debidamente autorizadas para hacerlo. En cambio, los gobernantes firman acuerdos para realizar la consulta con supuestos dirigentes o con dudosos corregidores y, tan lesivo o más que lo anterior, en vez de convenir con los habitantes del TIPNIS, los gobernantes firman convenios con cocaleros del Polígono 7, los invasores y depredadores de la reserva natural y del territorio indígena.
—El Presidente rechazó el diálogo con los dirigentes de la IX marcha indígena para buscar una salida al conflicto por el TIPNIS. Para dificultar y frustrar la conversación, pedida durante la caminata por los indígenas, los gobernantes y en primer lugar el Presidente recurrieron a la mentira para desprestigiar a los dirigentes de los marchistas. Es cierto que los oficialistas señalaron errores cometidos por aquellos líderes, pero esas faltas (incluido un delito por traslado de cocaína por la presidenta de la IX marcha del que no queda cuenta pendiente), sirvieron para que los gobernantes rechacen el diálogo con los marchistas, lo que a todas luces configuró un comportamiento autoritario de los gobernantes y en particular del Presidente.
—Policías que hacen guardia en el Palacio de Gobierno, dos veces impidieron el ingreso de los protagonistas de la IX marcha, con violencia innecesaria y con gases lacrimógenos. Es cierto que los defensores del TIPNIS creían que se les debía reconocer el derecho a ingresar a la Plaza Murillo, lo que mostró una dosis de ingenuidad de los peticionantes. Sobre todo con ánimo intimidatorio, otra vez los policías custodios del centro político boliviano, trataron de acabar con la vigilia indígena instalada a 200 metros del Palacio de Gobierno y en las puertas de la Vicepresidencia del país. Con ese propósito, carros neptuno de las Fuerzas Armadas descargaron chorros de agua, a pesar del intenso frío de esos días y sin considerar que los miembros de esa vigilia (incluidos los niños) proceden de lugares cálidos en los que jamás soportan temperaturas tan bajas como las del invierno paceño.
—Los gobernantes se comportan autoritarios, el Presidente en primer lugar porque, sin decirlo, se niegan a ejecutar la sentencia aprobada por el Tribunal Constitucional Plurinacional, la que dispone que la consulta a los pobladores del TIPNIS sólo podrá realizarse si es concertada con ellos; concertación que, de acuerdo a la misma sentencia, de hecho, constitucionalizaría Ley 222.
El comportamiento autoritario que hemos resumido del Presidente y de otros gobernantes quiebra el estado de derecho, es decir, la vigencia de la legalidad y de las garantías constitucionales en Bolivia.
Gobernantes y ciudadanos bolivianos debemos tener presente que ante la inexistencia del estado de derecho, la rebelión del pueblo es un derecho reconocido en la introducción de la Declaración Universidad de los Derechos Humanos. Y sobre todo los gobernantes no deben olvidar la vigencia de ese derecho que es, esencialmente, emancipatorio.

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